Un real decreto-ley es una ley provisional que aprueba el Gobierno por su cuenta cuando sostiene que algo no puede esperar. Lo decide el Consejo de Ministros, lo firma el rey y se aplica desde que se publica en el BOE, el Boletín Oficial del Estado, o desde la fecha que fije el propio texto. Pero no se queda así: en treinta días hábiles el Congreso tiene que votarlo. Si lo convalida, sigue en vigor. Si lo deroga, cae. Es la vía que más usan los gobiernos españoles para aprobar medidas rápidas, y por eso aparece tanto en las noticias.

El contexto en 60 segundos

En España las leyes las hacen las Cortes Generales, el Parlamento formado por el Congreso y el Senado. Un proyecto de ley pasa por las dos cámaras, admite enmiendas, es decir, propuestas de cambio, y puede tardar meses. El decreto-ley es la excepción: el Gobierno legisla primero y el Congreso revisa después.

La Constitución le pone tres condiciones. Tiene que haber una necesidad extraordinaria y urgente. No puede tocar ciertas materias. Y el Congreso tiene la última palabra en un plazo corto. Casi todo lo que oirás sobre los decretos sale de esas tres reglas.

Cómo hemos llegado hasta aquí

Qué dice el artículo 86. El Gobierno puede dictar decretos-ley en caso de “extraordinaria y urgente necesidad”. No pueden afectar a las instituciones básicas del Estado, a los derechos y deberes de los ciudadanos recogidos en el Título I de la Constitución, al régimen de las comunidades autónomas ni al derecho electoral general. Con un decreto-ley se pueden subir las pensiones o cambiar ayudas públicas. No se pueden regular el derecho de reunión ni las reglas de las elecciones generales.

Hay una ironía en eso último. Las normas de las primeras elecciones democráticas, en 1977, se aprobaron precisamente por decreto-ley. Todavía no había Constitución que lo impidiera.

Quién decide si hay urgencia. Primero el Gobierno, que debe explicarla en el preámbulo del decreto. Después el Congreso, al votar. Y si lo recurren cincuenta diputados o senadores, el Defensor del Pueblo o una comunidad autónoma, el Tribunal Constitucional. El tribunal deja al Gobierno mucho margen, porque considera la urgencia una valoración sobre todo política. Pero ha anulado decretos que no la justificaban. El caso más citado es una reforma del desempleo aprobada por decreto-ley en 2002 y anulada en 2007.

La convalidación. El decreto va al pleno del Congreso. Hay un debate y una sola votación sobre el texto entero: sí o no, sin enmiendas. Si gana el sí, queda convalidado y sigue vigente con rango de ley. Si gana el no, queda derogado y deja de aplicarse desde ese momento. Lo que se hizo mientras estuvo en vigor, en general, se mantiene. El Senado no participa en esta votación.

Tramitarlo como ley. Tras convalidarlo, el Congreso puede votar otra cosa: tramitar el decreto como proyecto de ley por la vía de urgencia. Entonces el texto pasa por las dos cámaras como una ley normal, con enmiendas, y la ley que sale al final sustituye al decreto. Por eso a veces un grupo vota a favor de la convalidación a cambio de que se tramite como ley y pueda cambiarlo.

La Diputación Permanente. Cada cámara tiene una, de al menos 21 miembros, con los grupos representados según su tamaño. La preside el presidente de la cámara. Cuando el Congreso está disuelto, por ejemplo entre la convocatoria de elecciones y la llegada de las nuevas Cortes, su Diputación Permanente asume la tarea de convalidar o derogar los decretos-ley. También vela por los poderes de la cámara fuera de los periodos de sesiones, que van de septiembre a diciembre y de febrero a junio. Así, como ocurre cuando se adelantan unas elecciones, un Gobierno puede seguir aprobando decretos con el Parlamento disuelto.

Por qué se usa tanto. Todos los gobiernos de la democracia, de uno y otro signo, han legislado con decretos-ley. Pero un Gobierno sin mayoría estable en el Congreso tiene motivos de más.

La medida se aplica de inmediato, sin esperar meses de trámite. La votación es una sola y a todo o nada: los socios no pueden cambiar artículos sueltos, y votar no supone tumbar también lo que les gusta. El Senado no interviene en la convalidación, algo que pesa cuando allí manda la oposición. Y basta la mayoría simple, más síes que noes, así que una abstención vale casi tanto como un apoyo.

De ahí salen los decretos ómnibus, que juntan en un mismo texto medidas muy distintas. El Gobierno que los aprueba suele defender que todas son urgentes. La oposición suele responder que es una forma de obligarla a votar en bloque. En enero de 2025 el Congreso derogó uno que reunía la subida de las pensiones, las ayudas al transporte público y otras medidas. Días después el Gobierno aprobó otro decreto con buena parte de ese contenido.

La vivienda es otro terreno habitual. Durante la pandemia se suspendieron por decreto-ley desahucios de familias vulnerables, y en 2022 otro decreto limitó la subida anual de los alquileres vigentes. Cómo encaja eso con la ley de vivienda está en cómo se regula el alquiler en España.

Cronología

  • 1977Las normas de las primeras elecciones democráticas se aprueban por decreto-ley.
  • 1978La Constitución regula el decreto-ley en su artículo 86 y le pone límites.
  • 1982El nuevo Reglamento del Congreso fija cómo se convalidan los decretos.
  • 2007El Tribunal Constitucional anula un decreto-ley de 2002 sobre el desempleo por no justificar la urgencia.
  • 2020La pandemia trae el estado de alarma y decenas de decretos-ley en un solo año.
  • 2024El Congreso deroga un decreto-ley que reformaba los subsidios de desempleo.
  • 2025El Congreso deroga un decreto ómnibus con la subida de las pensiones; el Gobierno aprueba otro.

Quién es quién

Consejo de Ministros. El presidente y los ministros reunidos. Es quien aprueba el decreto-ley, que luego firma el rey.

Congreso de los Diputados. La cámara que convalida o deroga. Lo hace en el pleno, con todos los diputados.

Diputación Permanente. Grupo reducido de diputados que mantiene los poderes del Congreso cuando está disuelto o fuera de sesiones.

Tribunal Constitucional. Decide si un decreto-ley respeta la Constitución, incluida la urgencia que lo justifica, cuando alguien lo recurre.

Lo que suele confundirse

Real decreto-ley y real decreto. Los dos los aprueba el Gobierno. El real decreto es un reglamento: desarrolla o aplica una ley, está por debajo de ella y no pasa por el Congreso. El decreto-ley tiene rango de ley, y por eso el Congreso debe convalidarlo.

Ley orgánica y ley ordinaria. Las dos las aprueban las Cortes. La orgánica regula lo que la Constitución le reserva, como los derechos fundamentales, los Estatutos de Autonomía o el régimen electoral, y exige mayoría absoluta del Congreso, 176 diputados, en una votación final sobre el texto. La ordinaria se aprueba por mayoría simple. Ninguna materia reservada a ley orgánica puede regularse por decreto-ley.

Decreto-ley y decreto legislativo. El decreto legislativo lo dicta el Gobierno con permiso previo de las Cortes, que le delegan la tarea, a menudo para reunir en un solo texto leyes dispersas. No necesita convalidación.

Qué sigue en debate

Si se abusa del decreto-ley. Muchos juristas, y la oposición de cada momento, sostienen que ha dejado de ser una excepción y se ha convertido en la forma normal de legislar, con decretos que mezclan asuntos sin relación. Los gobiernos responden que la urgencia es real, que la sociedad no puede esperar a un trámite de meses y que el Congreso conserva la última palabra. El Tribunal Constitucional ha marcado límites caso por caso, sin cerrar la discusión.

Lo curioso es que la crítica cambia de bando con el Gobierno: el partido que se queja del abuso en la oposición suele usar la herramienta cuando gobierna.

Fuentes

  • Constitución Española de 1978, artículos 78, 81 y 82 a 86.
  • Reglamento del Congreso de los Diputados (1982).
  • Sentencias del Tribunal Constitucional sobre la “extraordinaria y urgente necesidad” de los decretos-ley.
  • Boletín Oficial del Estado y Diario de Sesiones del Congreso.

Explora después