La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo decidió el 12 de octubre mantener la suspensión del voto de los nacionalizados por la llamada ley de nietos, la vía abierta por la ley de Memoria Democrática para que descendientes de exiliados obtengan la nacionalidad española. La Sala rechazó el recurso de la Abogacía del Estado, que pedía levantar la medida cautelar acordada en septiembre.
El auto se aprobó por cinco votos contra uno, con el voto particular de una magistrada. Los magistrados reprochan a la Abogacía del Estado que no aportara datos que justificaran levantar la cautelar y consideran que sigue existiendo, con la misma intensidad, el riesgo de que el censo electoral se constituya de forma irregular. En el texto insisten en que la “limpieza y pulcritud” del listado de electores es un valor del que deben despejarse las dudas.
En la práctica, según los servicios jurídicos del Estado, quedan fuera del censo para el 29 de noviembre 163.020 personas. Sí podrán votar quienes cuenten con un certificado consular que acredite que presentaron documentación sobre el exilio de sus antepasados. Quedan excluidos quienes se acogieron a la instrucción que presumía esa condición para los españoles que salieron del país entre 1936 y 1955, el punto en el que se han centrado los magistrados. El tribunal da cinco días a los afectados para presentar alegaciones y ordena no inscribir a más descendientes para estas elecciones.
El Gobierno ha criticado la decisión. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, comentó que “parece que el derecho al voto no es tan relevante para algunos”. El Ejecutivo anunció que estudiaría si la resolución es recurrible ante el Tribunal Constitucional.
Por qué importa
Quién está en el censo decide quién vota, y aquí el censo se discute en los tribunales a semanas de unas elecciones. Detrás hay una pregunta antigua: quién cuenta como nacional de un Estado y con qué papeles se demuestra. Si quieres ver cómo se construyen esas pertenencias desde dentro, aquí lo contamos en España.